lunes, 24 de diciembre de 2012

Feliz NAVIDAD

Feliz navidad a todos nuestros amigos, que pasen super bien estas fechas. 
Saludos amigos.




viernes, 18 de mayo de 2012

Humor: NO TODO ES SEXO

NO TODO ES SEXO EN LA MENTE DE LOS HOMBRES....¡¡¡



Había una vez un hombre, que luego de haberse peleado con su última novia, decidió irse de vacaciones. 

Se fue en un crucero y lo pasó fabuloso... hasta que se hundió el barco. 




Naufragó a una isla desierta, no había nada, sólo bananas y cocos. 
Después de unos 4 meses, estaba sentado en la playa cuando ve que se acerca remando en un botecito la mujer más hermosa del mundo. 





El hombre no lo puede creer y le pregunta: 

   > ¿De dónde has venido? ¿Cómo has llegado hasta aquí? 
Ella le responde: "remé desde el otro lado de la isla. Naufragué aquí cuando se hundió el crucero donde iba de vacaciones". 


Y el diálogo continúa...

> Qué increíble! Que suerte tuviste que un bote te llevó a la costa!
> ¿Oh, éste bote? Yo lo hice con materiales crudos de la isla. Los remos fueron hechos de ramas de árboles. Entretejí el fondo del bote con hojas de palmeras y los lados del bote fueron hechos superponiendo hojas de gomeros. Los dos extremos los recubrí con hojas de eucalipto. 

> Pero ¿Dónde encontraste las herramientas? 

> Ah, eso no fue ningún problema. En el lado sur de la isla hay un estrato muy inusual de roca aluvial que se ve expuesto. Lo trituré y quemé los trozos a una determinada temperatura en el horno de barro que me hice. Se convirtió en una especie de hierro dúctil y eso usé para hacer las herramientas. 


El tipo queda anonadado. 

> Que te parece si remamos hasta mi casa? - Le dice ella. 

Luego de un rato de remar, llegan a un pequeño embarcadero. 
El hombre no puede creer lo que ve. Delante suyo hay un camino hecho de piedras lisas que llega a un hermoso bungalow pintado en azul y blanco. 
Mientras que van caminando hacia la casa, ella dice: 

 > No es nada del otro mundo, pero yo la llamo 'mi casa'. Por favor sientate. ¿Que te doy de beber? 

> Nada, gracias. No soportaría tener que tomar jugo de coco una vez más. Es lo único que he bebido en todos estos meses, no lo soporto más. 

-Ah!, pero no es sólo jugo de coco. Yo me hice una pequeña destilería para destilar alcohol. ¿No te gustaría una piña colada? 

Tratando de disimular su total asombro, el hombre acepta y se sientan a charlar. 
Luego de haber charlado un rato y haberse contado sus historias, ella le dice: 

 > Me voy a refrescar un poco y a ponerme algo más cómodo. ¿A ti te gustaría darte una ducha y afeitarte? Hay una rasuradora en el armario del baño. 

A estas alturas el hombre ya no cuestiona nada. Va al baño y encuentra una navaja muy afilada hecha de hueso de tortuga con un mecanismo de eslabón giratorio.

El hombre piensa : "Esta mujer es INCREIBLE. ¿Que más tendrá para sorprenderme? 

Al volver a la sala, encuentra a la mujer vestida sólo con hojas de vid puestas en lugares estratégicos y oliendo a perfume de gardenias. 


Ella le pide que se siente a su lado. 


"Dime", le dice ella muy sugestiva y prácticamente echándosele encima, "...Hemos sido náufragos durante muchos meses. Tu has estado muy solitario.


Estoy segura que debe haber algo que quieres hacer inmediatamente, AHORA
MISMO, ALGO QUE HAS AÑORADO DESESPERADAMENTE?..." 

Ella lo mira a los ojos y parpadea... 

El traga saliva excitadamente y se le empiezan a caer lágrimas por sus mejillas y le dice.... 

.
NO JODAS... TAMBIÉN TENES TELE ???!!!!!!!!!!!!


miércoles, 28 de marzo de 2012

Contrato de Alquiler y su resolución

Al arrendar un departamento, vivienda, local comercial o cualquier otro inmueble, lo ideal es formalizar dicho acto jurídico en un contrato de arrendamiento o alquiler. 

No es necesario que sea con certificación de firmas, pues las obligaciones allí pactadas se corroboran con otros elementos de prueba. 


Ahora bien, el contrato si bien obliga a las partes como la ley misma, también es cierto que puede ser resuelto por una de ellas, justificadamente. 

Cuáles serían causas de resolución del contrato: 


  • La primera es la falta de pago del alquiler, de la fianza o de su actualización.
  • El subarriendo o la cesión no consentidos.
  • El contrato se rompe si el local es declarado en ruina o la Municipalidad inhabilita el lugar.
  • Puede ocurrir, que si bien el propietario autorizó la introducción de mejoras, las mismas perjudiquen el edificio, o fueren dañosas o peligrosas para algún vecino. 
  • Cuando en el local comercial tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
  • Entre otras. 

modelo de Contrato de Alquiler

CONTRATO DE ALQUILER  

                  En la ciudad de..............., República del Paraguay, a los ...... días del mes de .................. del año dos mil ....................., entre los señores ................................  con Cédula de Identidad Civil Nº ……….., paraguayo, soltero, mayor de edad, en su carácter de LOCADOR Y/O PROPIETARIO, por una parte, y por la otra, el señor ......................... con Cédula de Identidad Civil Nº ………, paraguayo, soltero, mayor de edad, en su carácter de LOCATARIO, todos domiciliados a los efectos de este acto en ........................................ de la ciudad de …………, convienen en celebrar el presente Contrato de Alquiler de Inmueble, que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:

Primera: El LOCADOR, en el carácter invocado, dan en locación al LOCATARIO, parte de un (1) inmueble de su propiedad individualizado con la Cuenta Corriente Catastral Nº XX-0067-XX-XXXX, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos como Finca Nº ………. del Distrito de ...................................., con una superficie total ................... mts2., conforme se individualizada en el plano que suscrito por las partes, se adjunta y forma parte del presente contrato, situado en la calle .............................. del Distrito de .......................................

Segunda: LA LOCATARIA destinará el inmueble cedido en locación para su uso comercial, específicamente para la exhibición, comercialización y venta de los productos que importa, representa y distribuye.

Tercera: El plazo de vigencia del presente contrato de alquiler se establece en dos (2) años, desde el ......................................................................., prorrogable por otro periodo igual, menor o mayor, mediante acuerdo de partes y bajo constancia escrita.

Cuarta: LA LOCATARIA abonará al LOCADOR por el alquiler del inmueble individualizado en la cláusula primera, lo siguiente:
a)       la suma mensual de....................... más el IVA correspondiente según las leyes vigentes, durante los primeros doce (12) meses de vigencia del contrato de alquiler.-
b) la suma mensual de ................... más el IVA correspondiente según las leyes vigentes, durante los últimos doce (12) meses de vigencia del contrato de alquiler.-

El precio del alquiler será abonado por mes adelantado entre el 1 y 5 día de cada mes, en el domicilio del LOCADOR, estando facultada a suscribir los recibos cancelatorios, el señor ...............................; o en su caso el LOCATARIO podrá depositar dicho importe en el Banco .................., en la Cuenta Cte. Nº XX – XXX540 - 00, abierta a nombre del PROPIETARIO, debiendo canjearse la boleta de depósito por el recibo respectivo.- 

Quinta: El precio del alquiler no incluye el pago por el consumo de los servicios básicos como ser agua corriente, copaco y energía eléctrica, que correrán por cuenta exclusiva de LA LOCATARIA, según los medidores Nº ……. (ANDE) y Nº ………… (ESSAP) y conforme a las facturas emitidas por la ANDE y ESSAP respectivamente, además de las tasas municipales.-

Sexta: El  LOCADOR se obligan a entregar a LA LOCATARIA el inmueble locado en fecha ………… de …………. de ..............., libre de todo ocupante, estando exclusivamente a cargo del LOCADOR todos los gastos que demande dicha entrega, en el estado en que se encuentra.-

Séptima: El LOCADOR autoriza a LA LOCATARIA a realizar refacciones, modificaciones y/o mejoras en el inmueble objeto del presente contrato, para adecuarlo al destino que le dará según se establece en la cláusula segunda y conforme al proyecto que suscrito por las partes, se adjunta y forma parte del presente contrato, siendo a cargo de LA LOCATARIA todas las inversiones, gastos, honorarios, tasas y otros que demanden las mejoras. Igualmente, el  LOCADOR autoriza a LA LOCATARIA a realizar todos los trámites administrativos y legales que sean requeridos por las autoridades competentes para la introducción de las mejoras, las que siempre deberán ser autorizadas por escrito por el LOCADOR. Al término de la locación, las mejoras realizadas quedarán en beneficio del inmueble locado, sin obligación por parte del  LOCADOR y/o PROPIETARIOS de re-embolsar el importe que hubiere sido gastado o invertido por dichos conceptos; desistiendo LA LOCATARIA de cualquier acción que pudiera corresponderle por dichas mejoras.-

Octava: El LOCADOR cede, sin costo alguno y por el tiempo de duración del presente contrato, a favor de LA LOCATARIA un espacio de ….. mts. x ….. mts. de la pared externa lado …… del inmueble locado, ubicada sobre la calle ..................., para ser destinado a la colocación de un cartel publicitario de los productos comercializados por LA LOCATARIA.-

Novena: LA LOCATARIA entrega y el LOCADOR recibe la suma de ............... en concepto de garantía de depósito, sirviendo este instrumento de suficiente recibo. Dicha suma no devengará interés alguno y no será imputable al pago de alquileres atrasados o a ser devengados, la misma le será devuelta a LA LOCATARIA, una vez terminada la locación, reservándose el LOCADOR el derecho de retenerla, por el plazo de 30 (treinta) días después de que el contrato de loción haya fenecido y de haber recibido el inmueble a su entera satisfacción y bajo constancia escrita, para el pago posterior de los servicios de ANDE y ESSAP, reposiciones y reparaciones de los daños sufridos por el inmueble locado, y todo gasto que haya quedado sin ser cancelado por parte de LA LOCATARIA.

Décima: Las partes se obligan a cumplir el presente contrato de buena fe. No obstante, en caso de controversias las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales ordinarios de la Ciudad de..............., con renuncia expresa a cualquier otra que pudiera corresponder. A todos los efectos legales que correspondan las partes constituyen domicilio en los lugares referidos en el encabezamiento del presente contrato, donde deberán cursarse las comunicaciones relativas  a este contrato las cuales serán por escrito. Las comunicaciones realizadas en los domicilios arriba referidos se considerarán como recibidas personalmente por la otra parte, aún cuando no residan allí, hasta que hayan comunicado a la otra, por medio fehaciente su cambio de domicilio.

En prueba de conformidad, suscriben las partes el presente contrato en seis ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en lugar y fecha indicados ut supra.



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           Propietario                                            Locataria



lunes, 27 de febrero de 2012

Buscamos casa o local comercial

Necesitamos casa o local comercial para alquilar en el centro de Encarnación.

Cualquier información, por favor comunicarse nuestro correo electrónico o haciendo clic aquí.


Gracias.

www.tupropiolote.com

martes, 17 de enero de 2012

Impuesto Inmobiliario: ¿reformas?

Al iniciar este año, 2012, en los medios de comunicación se ha estado tratando el tema, que en puridad se centra en un proyecto de ley, presentado al Congreso Nacional, para la reforma del actual sistema impositivo, en especial, el atinente al Impuesto Inmobiliario. 

Según las críticas a la institución gubernamental encargada, el Servicio Nacional de Catastro (SNC), la misma no ha podido llevar una correcta determinación de los valores fiscales de los inmuebles -en especial en el área rural, dicen-, y por tanto, no existe ni por aproximación un acercamiento entre el valor real de la tierra, y el valor fiscal, pagándose los impuestos por éste último, y en tal sentido, sumas irrisorias.

El proyecto pretende colocar a los municipios como actores principales de la regulación y determinación, lo que efectivamente comprende el interés de las mismas, y en tal sentido, evaluar adecuadamente si el valor de la tierra tendría incrementos, y de ser así, a cuánto los mismos ascenderían, si bien, también se rescató la posibilidad que en los municipios tal control no sea mejor que el que hasta ahora se realiza. 

Desde nuestra opinión, es necesario que cada municipio determine el valor fiscal de las tierras que comprende, pues ello significará una determinación categorizada del valor de las mismas. Por citar, en la ciudad de Encarnación, a estas alturas, el pago del impuesto inmobiliario debe ser bastante alto, pues la ciudad se ha transformado extraordinariamente, lo que hace necesario contar con más recursos económicos, y a la vez, jerarquizar el municipio. 

Sin embargo, los municipios limítrofes, no pueden tener el mismo valor fiscal. Debe -necesariamente- ser menor. Con ello, se reestructura al división demográfica, y se permite equidad en el cobro de los impuestos. En pocas palabras, el que quiera vivir en la ciudad de Encarnación, debe pagar un poco más que el que vive en un distrito aledaño. 

También de ese modo se eliminarán las cantidades de terrenos baldíos, pues los impuestos obligarán a sus propietarios (por ejemplo para aquel que tiene cinco (5) baldíos) a vender uno (1) por lo menos. 

Y finalmente, para la mejor distribución de la tierra, en el sentido de aquellos latifundios, permitiendo a los municipios percibir mejores réditos de la explotación de dichas tierras. 

Es tiempo también que este país sea serio. Es tiempo, que nosotros seamos responsables, y más serios. Debemos pagar nuestros impuestos, y éstos, deben ser equitativos, acordes a nuestra realidad. 

TPL.com
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